De acuerdo con la normativa actualmente vigente, todo vehículo dado de alta en tráfico debe tener, por lo menos, un seguro obligatorio, cuya suscripción va acompañada de otras coberturas.

De acuerdo con la normativa actualmente vigente, todo vehículo dado de alta en tráfico debe tener, por lo menos, un seguro obligatorio, cuya suscripción va acompañada de otras coberturas.
Cuando se contrata un seguro de hogar, uno de los elementos que hay que determinar es el relativo al valor que las aseguradoras denominan continente de la vivienda.
Hay una creencia generalizada de que el mantenimiento de un mismo tipo de seguro no afecta en el momento del siniestro. Por este motivo, es frecuente observar que existen vehículos con una antigüedad considerable con la modalidad de seguros denominada “todo riesgo”.
La normativa europea prevé que cada Estado Miembro comunicará a la Comisión Europea los riesgos para los cuales su legislación impone la obligatoriedad de un seguro.
Se calcula que en España hay cerca de 2 millones de vehículos que están sin seguro, por lo que la Dirección General de Tráfico, durante los meses de febrero y marzo va a realizar un proceso informativo de comunicación dirigido a todos los propietarios de vehículos no asegurados, advirtiéndoles de que esa situación es sancionable.
Los seguros de hogar incluyen normalmente la cobertura de incendio para atender los daños producidos cuando este se origine accidentalmente o por malquerencia de extraños, pero bajo la denominación de “otros daños” añaden otras garantías relacionadas con el incendio.