Mediante el seguro de defensa jurídica, la compañía se obliga a prestar los servicios de asistencia jurídica y extrajudicial, haciéndose cargo de los gastos que puedan originar la intervención en un procedimiento judicial, administrativo o arbitral.
La posibilidad de aparición de determinadas situaciones o conflictos jurídicos en los que necesitemos la ayuda de un abogado, ha causado la creación de este seguro.
Este seguro es un contrato independiente, aunque puede incluirse como un capítulo aparte en una póliza de las denominadas multirriesgos, en el que deberá constar el contenido de las coberturas, la prima y las exclusiones (en este seguro no podrán ser objeto de cobertura ni el pago de las multas, ni la indemnización de los gastos originadas por sanciones impuestas por las autoridades administrativas o judiciales).
Es importante resaltar que ante cualquier clase de procedimiento que haya que recurrir a un abogado, la cobertura de este seguro posibilita al asegurado a elegir libremente al abogado y procurador que le represente, mediante los letrados que la aseguradora le proporciona o por otros que el elija. Esta libertad también se genera cuando nos encontramos ante los casos en que se presente un conflicto de intereses, es decir, cuando en un procedimiento la compañía asegura a ambas partes, al reclamante y al reclamado.
Para el supuesto de optar por un abogado ajeno a la aseguradora se deberá remitir a la compañía de seguros un escrito de designación haciendo constar los datos del letrado designado.
En todo caso, el seguro de defensa jurídica permite al asegurado recurrir al sistema de arbitraje las posibles diferencias que pudiera tener con la compañía.
Por último, indicar que hay tres tipos de seguros o actividades a los que no se aplica este seguro de defensa jurídica.
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La defensa jurídica realizada por el asegurador de la Responsabilidad Civil.
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La defensa jurídica realizada por el asegurador de la Asistencia en Viaje.
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La defensa jurídica relacionada con el uso de buques o embarcaciones marítimas.
Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA