La ocurrencia de un siniestro en la vivienda puede proceder de muchas causas, que deben ser atendidas por las compañías por estar así obligadas mediante la póliza contratada, pero hay que tener en cuenta que los aseguradoras, además de no cubrir todos los hechos que ocurren en la vivienda (por ejemplo los derivados del uso), pueden no atender daños en algunas circunstancias como pueden ser la negligencia del asegurado, la falta de mantenimiento de la casa, o un defecto en la construcción de la vivienda, entre otras circunstancias.
Es decir, el seguro puede, haciendo uso del contenido de la póliza, rechazar siniestros por alguna de las circunstancias mencionadas anteriormente, aunque el siniestro este contemplado en la póliza. Los seguros del hogar, como todos los seguros, tienen una serie de límites y exclusiones que deben ser tenidas en cuenta a la hora de declarar un siniestro. Como sabemos los seguros de hogar son una extraordinaria ayuda en determinadas situaciones en las que podemos encontrarnos, y que aportan soluciones en forma de reparaciones o indemnizaciones que, de otra forma, desequilibrarían el presupuesto familiar de ahí que es conveniente saber que no cubren todos los hechos y tienen sus límites que conviene conocer para evitar llevarnos desagradables sorpresas.
Por tanto, es importante conocer que, si bien existen exclusiones en los seguros de hogar, nos podemos encontrar ante un siniestro, por ejemplo daños por agua, que aún estando contemplado en póliza al declararlo y tras las comprobaciones por la aseguradora sea rechazado por alguna de las causas que mencionábamos. Nos referimos a la falta de mantenimiento, como por ejemplo las instalaciones muy antiguas de luz. En la contratación de la póliza se suele pedir información, si la vivienda es antigua, sobre las reformas realizadas en la vivienda para que así quede constancia de este hecho. Otra de los hechos que puedan dar lugar al rechazo de la aseguradora son los defectos en la construcción de la vivienda, circunstancia que se da en las viviendas modernas.
Existen otras causas de exclusión de daños que, aunque contemplados en la póliza, no son cubiertos por las aseguradoras como pueden ser los daños provocados intencionadamente, los causados por negligencia, etc, por lo que antes de la contratación es importante estar debidamente asesorados por su mediador para evitar problemas a la hora de un siniestro.
Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA