El carácter de seguro no obligatorio del multirriesgo del hogar no se ajusta a la realidad ya que, desde nuestro punto de vista, un seguro de hogar supone una garantía frente a posibles reclamaciones y daños que nos pudieran reclamar o sufrir en nuestro domicilio y cuyo coste sí que sería completamente perjudicial para nuestra economía.
Un seguro de hogar correctamente contratado puede ser una medida de ahorro. La práctica aconseja contratar un seguro de hogar ajustado a la vivienda para tener la tranquilidad de saber que cualquier siniestro que ocurra no supondrá un quebradero de cabeza ni un quebranto para la economía familiar. Los llamados seguros multirriesgo o combinados, que protegen daños del continente y del contenido y con responsabilidad civil, son los de contratación más habitual. La excepción la encontramos en la obligación de contratar un seguro contra daños en el caso de bienes hipotecados, pero no es obligatorio hacerlo con la entidad bancaria que concede la hipoteca, sino que libremente se puede optar por cualquier otra compañía de seguros, ya que los seguros que ofrecen las entidades financieras suelen tener un precio más elevado.
No obstante, existe la falsa creencia de que un seguro de hogar cubre todas las contingencias que ocurren en el mismo, es una idea bastante extendida y causa de muchas reclamaciones que carecen de fundamentación. Los seguros del hogar, como todos los seguros, tienen una serie de límites y exclusiones que deben ser tenidas en cuenta a la hora. Para contratar un seguro multirriesgo hay que hacer una valoración real del continente y el contenido para evitar caer en un infraseguro o sobreseguro; no caer en duplicidades de coberturas y estar bien asegurado para entender bien la póliza y conocer así con exactitud que es lo que incluye y lo que se excluye a la hora de un siniestro.
En definitiva, aunque no es obligatorio tener seguro de hogar, sí es muy recomendable para estar cubierto ante la posibilidad de tener un problema en nuestra casa, que puede ser de tipo menor, en cuyo caso –aun careciendo de seguro- podríamos hacer frente al mismo; o de consideración, como un incendio, terremoto, etc., cuyos gastos muy probablemente no podríamos afrontar. Pero resulta aún más necesario si ocasionamos un perjuicio a un vecino, ya que, en este caso, si no tuviéramos un seguro de hogar con responsabilidad civil, tendríamos que correr con los gastos de la reparación. Si se produjera el caso contrario, es decir, es el vecino el que nos causa un daño a nosotros, sería aquel quien tendría que hacer las reparaciones oportunas a su costa o a las de su seguro. Si se negara a realizarlas y no tuviera seguro, sería nuestro seguro el que se encargaría de iniciar la reclamación de daños, evitándonos papeleos y trámites judiciales engorrosos, lo que justifica aún más la conveniencia de contratar un seguro de hogar con amplia cobertura, siempre asesorados por su mediador que le indicará las mas adecuadas a sus necesidades.
Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA