Al asegurar nuestra vivienda o local, la aseguradora nos fija una prima de acuerdo con los valores de continente y contenido declarados. Si no se modificasen estos valores quedarían obsoletos, y a la hora de indemnizar en caso de siniestro, las compañías abonan de acuerdo con esos valores. Esto se evita mediante la cláusula de revalorización de capitales.
¿Qué es la actualización automática de capitales en un seguro de hogar? La actualización automática en los seguros de hogar hace que los capitales y las primas que se hayan asegurado en la póliza se incrementen automáticamente con cada vencimiento anual en un tanto por ciento. Este incremento deberá estar fijado en las condiciones particulares de la póliza y puede ser de dos tipos: sistema de índice variable, de acuerdo con el índice de precios de consumo, y sistema de índice fijo.
En los seguros de hogar, un capital o suma asegurada insuficiente puede implicar la aplicación de la regla proporcional por infraseguro en el momento en el que ocurre un siniestro. Para que la suma asegurada coincida con el valor de los bienes asegurados, no solo es recomendable ir actualizando los valores de acuerdo con las modificaciones que puedan sufrir, sobre todo en lo referente al valor del contenido, sino también que la póliza suscrita contenga el procedimiento para adecuar la suma asegurada (y las primas) a los cambios que puedan producirse en los valores. Así se evitará que la suma asegurada se pueda quedar sin actualizar. Esto es lo que se conoce como la cláusula de revalorización automática.
En resumen, con el paso del tiempo el valor de los objetos cambian de acuerdo con una serie de factores como el coste de la vida, la relación entre la oferta y la demanda, la antigüedad o el estado de conservación. Estas circunstancias pueden aumentar el valor de los inmuebles o disminuirlo y, como consecuencia, también varían los precios de los seguros de hogar.
Este procedimiento se aplicará solo a las sumas aseguradas y no a las cantidades fijas que se han establecido como límite de la cobertura o a las franquicias.
Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA