Contacta con nosotros

Almagro, 31 28010 - Madrid
Horario oficina
Lunes – Viernes: 9 h. – 18 h.
Julio/agosto: 8 h. – 15 h.
Contactar

¿Pagas por tu seguro el mejor precio?

Haz click para hablar con un gestor personal

91 557 68 06

Si lo prefieres te llamamos ahora



  • Inicio
  • Blog
  • ¿Estás cubierto ante una invalidez absoluta por un accidente?

¿Estás cubierto ante una invalidez absoluta por un accidente?

Desarrollando nuestra actividad profesional o en nuestra vida diaria estamos expuestos a la posibilidad de sufrir un imprevisto que puede cambiar radicalmente nuestras vidas.

¿Estas cubierto ante una invalidez absoluta por un accidente?El nivel de vida que mantenemos está sujeto a unos ingresos de los que no podemos prescindir pero que requieren no verse alterados por una causa externa como un accidente. El accidente es un acto o hecho que deriva de una causa violenta, súbita, externa e involuntaria que produce daños en las personas por lo que proteger convenientemente nuestro bienestar y el de nuestra familia es una prioridad fundamental para lo que las aseguradoras han dado respuesta mediante el seguro de accidentes, que aunque no es un seguro obligatorio, su contratación nos librará de muchos problemas tanto a nosotros como a nuestras familias en caso de fallecimiento. El seguro de accidentes tiene por objeto la prestación de indemnizaciones en caso de accidentes que motiven la muerte o incapacidad del asegurado, a consecuencia de actividades previstas en la póliza. Normalmente este tipo de seguros suelen establecer coberturas para caso de fallecimiento accidental del asegurado que percibirán los herederos legales o beneficiarios designados en póliza; un capital en caso de incapacidad permanente o total, causada por accidente; una pensión diaria en caso de incapacidad temporal durante los días de baja; y, los gastos de asistencia sanitaria con los límites fijados en la póliza.

En SEGUROSCEA encontrarás todos los seguros que precises con descuentos exclusivos consiguiendo el mejor precio, contando con los mejores profesionales que defenderán tus intereses frente a tu aseguradora. Llámanos al 91 557 68 06 o rellena el formulario para ponernos en contacto contigo.

La cobertura del seguro de accidentes solo entraría en vigor cuando se ha producido el hecho que merezca la calificación de accidente. En relación con las exclusiones del seguro de accidentes, hay que indicar que cubre las lesiones causadas por un accidente, pero no todos están contemplados por la póliza. Uno de los excluidos, en este caso por ley, es aquel que provoca el asegurado de manera intencionada. En este caso, la aseguradora no está obligada a cumplir con lo acordado en el contrato. También están fuera del alcance de la cobertura de este seguro las lesiones corporales derivadas de un conflicto armado, de una manifestación o de una huelga legal. Tampoco están cubiertos los accidentes que han tenido lugar antes de que el asegurado pagara la prima o si se ha producido cuando el seguro estaba extinguido o la cobertura suspendida debido a un impago. En definitiva, en el seguro de accidentes sólo se cubriría el accidente, no la enfermedad, cubriendo el bienestar de tu familia y el tuyo propio si no pudieras seguir ocupándote de ellos.

Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA

Etiquetas: fallecimiento, hospitalizacion accidente, seguro de vida, cobertura fallecimiento, fallecimiento accidente, gastos medicos, gastos sanitarios, cobertura del seguro de accidentes, seguro de accidentes, seguro de accidentes colectivo, daños corporales accidente, fallecimiento accidental, fallecimiento por accidente, actividad profesional, invalidez absoluta, invalidez permanente, fallecimiento asegurado, hospitalizacion, seguro de fallecimiento, indemnizacion seguro de accidentes, hospitalizacion seguro accidente, gastos hospitalizacion accidente, fallecimiento seguro accidente, indemnizacion fallecimiento o invalidez, cobertura de fallecimiento, exclusiones seguro de accidentes, gastos de hospitalizacion, indemnizacion por hospitalizacion, seguro de accidente, gastos sanitarios seguro accidente, invalidez permanente seguro accidente

Trabajamos con las mejores compañías de seguros

  • CHUBB
  • Allianz
  • ARAG
  • Axa
  • Caser
  • Fiatc
  • Globalis
  • Helvetia
  • Mapfre
  • Orbita
  • Plus Ultra
  • Reale
  • Pelayo
  • Generali

    • Dónde estamos

      Almagro, 31
      28010 - Madrid
      Horario oficina
      Lunes – Viernes: 9 h. – 18 h.
      Julio/agosto: 9 h. – 15 h.

      Contáctanos

      icono telefono Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. icono videollamada Whatsapp Seguros CEA

    • Redes sociales

      Facebook Seguros CEA linkedin Youtube CEA Instagram CEA TikTok CEA

      Suscríbete GRATIS a la newsletter de Seguros

  • Nuestros asegurados opinan

    • Ainhoa B.

      "Me hice hace poco el seguro con ellos, porque aparte que son baratísimos los precios que me ofrecieron, tienes el magnífico asesoramiento de su personal que no en todos los sitios te lo dan. Me dan mucha confianza y muy recomendable".
    • Rafael S.

      "Facilidad para la tramitación de siniestros, seguimiento del parte a la aseguradora, y rapidez en la gestión con la peritación y demás trámites".
    • Antonio J.

      "Rapidez, eficacia y variedad en todo tipo de seguros. Muy recomendable"
    • Miguel Ángel A.

      "Buen precio, ágil gestión y buena atención".
    • Rubén A.

      "Excelente precio y trato. Personal amable y respuesta rápida. Muy buena aseguradora".
    • Vicente M.

      "Trato y profesionalidad excelente, a la vez que precios muy competitivos".