La consideración de un objeto o joya como de especial valor viene determinado por su cuantificación económica, con independencia de su coste sentimental. Normalmente este valor viene fijado por las aseguradoras que otorgan la consideración de especial a esos objetos si sobrepasan una determinada cantidad de dinero, que suele estar sobre los 2.000 €, pero depende de cada aseguradora por lo que habrá que estar a lo estipulado por cada una de ellas.
A la hora de determinar que se considera como objeto de especial valor, cada aseguradora suele establecer una serie determinada de objetos (muebles, abrigos de piel, objetos hechos con materiales preciosos que se pueden contratar bien en la póliza multirriesgo del hogar o en una póliza concreta para esta finalidad. A la hora de contratar el seguro del hogar se deberán indicar aquellos objetos o joyas que quieran incluir ya que, en caso de no hacerlo, cuando ocurra un siniestro, el seguro solo se hará cargo del capital asegurado para cubrir el contenido, sin tener en cuenta el valor de esos objetos o joyas.
Como vemos adquiere mucha importancia el hecho de que, si disponemos de objetos o joyas con un valor alto, no debemos conformarnos con suscribir un seguro de hogar en el que incluyamos todo como una valoración global. Para un buen aseguramiento, cuando formalicemos la póliza y queramos asegurar esos objetos o joyas, deberemos verificar desde que importe considera la aseguradora que los objetos deben estar expresamente declarados, para así contratar el seguro correctamente. Está claro que un asesoramiento profesional le puede ayudar mucho a realizar la contratación correcta.
Tener los objetos y joyas de especial valor a salvo y asegurados es importante, pues nadie está exento de tener algún incidente que afecte a estos bienes.