Para poder circular por territorio español, los vehículos con estacionamiento habitual en estados no pertenecientes al Espacio Económico Europeo (EEE) que nos estuvieran adheridos al Acuerdo entre las oficinas nacionales de seguros de los estados miembros del EEE y otros estados asociados, deberán estar asegurados por el sistema de certificado internacional de seguro o por el seguro de frontera.
