Las ofertas que están realizando las compañías de seguros para captar clientes generan, por un lado, un incremento de contrataciones de pólizas de salud pero, por otro lado, un trasvase de asegurados por cambio de compañía.
Estos incentivos se traducen en primas únicas y más económicas, con una supresión de copagos y periodos de carencia.
¿Qué es el periodo de carencia en un seguro de salud?
El periodo de carencia de un seguro es el tiempo que trascurre entre el día que entra en vigor el contrato y el día en que el asegurado puede disfrutar de todas las coberturas y garantías contratadas. Es decir, el tiempo donde el asegurado no puede hacer uso de determinados servicios médicos después de contratar el seguro. Por ejemplo, una póliza puede establecer una carencia de tres meses para cirugías estéticas u ocho meses para la asistencia del parto.
No a todas las coberturas del seguro de salud se les aplica el mismo periodo de carencia, entre las más frecuentes están: las intervenciones quirúrgicas con o sin hospitalización, pruebas o diagnósticos, rehabilitación y consultas, tratamientos relacionados con planificación familiar, embarazo, parto y postparto, trasplantes, entre otras.
No obstante, estas contrataciones, quizá por falta de asesoramiento profesional, no están exentas de problemas. En este sentido hemos detectado que la mayor incidencia que se está produciendo es el de la preexistencia de enfermedades no declaradas en el cuestionario de salud, previo a la contratación del seguro. Muchas veces se confunden los conceptos de preexistencia y carencia dando lugar a situaciones muy problemáticas.
¿Qué es la preexistencia en un seguro de salud?
El concepto de preexistencia, está referido a los antecedentes médicos anteriores a la contratación de la póliza. En este sentido, adquiere un papel fundamental la correcta formalización del cuestionario de salud que las compañías exigen antes de la contratación. En el supuesto de no hacer constar los antecedentes en el mencionado cuestionario y ser posteriormente detectados por la aseguradora, esto conlleva el rehúse a la atención médica solicitada con la situación grave que pueda causar, por ejemplo, en una operación.
Si el cuestionario previo es formalizado correctamente, y existen enfermedades anteriores, la aseguradora podrá rechazar el riesgo o fijar una prima distinta.
La carencia y la prexistencia son dos condiciones muy importantes a la hora de contratar un seguro de salud. Es importante leer cuidadosamente las condiciones particulares y generales de la póliza o consultar con un mediador experto como SEGUROSCEA. A su vez, es importante comparar con varios seguros para encontrar el mejor seguro de salud que mejor se adapte a cada individuo.
Ana María Amador Rua. Abogada SEGUROSCEA