La contratación de un seguro nunca ha sido una tarea fácil y una cuestión a la que no prestamos la debida atención, existiendo en España, falta de cultura aseguradora lo que nos lleva a situaciones como la contratación de seguros de vida o seguros de hogar en instituciones financieras como los bancos cuya prima media por operación es un 79% mas cara que la oferta de aseguradoras y mediadores.
La prima media de los bancos es de 446,86 € mientras que en la mediación es de 249,26 €. El problema no es por tanto que la banca venda seguros sino la obligación en la contratación de estos y que no se informe de que lo pueden contratar por otra vía más allá de la propia entidad financiera. Los clientes no son informados adecuadamente sobre las condiciones de su seguro, y llegan a firmar contratos de seguros de vida en los que firman una declaración de salud de la que apenas son conscientes, con todos los problemas que ello puede implicar. Sin embargo, las entidades financieras establecen como requisito para conceder un préstamo hipotecario la contratación de un seguro de vida asociado a la hipoteca que garantice la devolución del capital en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado. Es algo muy lógico: el banco quiere asegurarse de que recuperará su dinero con independencia de lo que le ocurra al cliente. Lo que no es tan lógico es que exijan la contratación del seguro de vida con una compañía colaboradora o con una aseguradora propia. Y, además, no es legal. Muchas veces la contratación de un seguro de vida con una entidad aseguradora que no es propia o colaboradora del banco sale mucha mas económica que la ofrecida por la entidad financiera.
El problema con los bancos no solo es que no sean demasiado de fiar. No solo es que miren siempre por sus intereses y nunca por los tuyos. Es que además te cobran por tu seguro de vida un 48% más –de media- que una aseguradora especializada. Nadie puede obligarnos a suscribir un seguro de vida en un banco como condición para obtener un préstamo, abrir una cuenta, o cualquier otra operación. Las contrataciones de seguros de vida en los bancos vienen acompañadas de una cantidad de letras pequeñas que pocas veces son leídas y mucho menos explicadas por el personal. Porque, hay que insistir, el personal que ofrece los seguros de los bancos, generalmente, no está especializado en seguros. Al contratar un seguro de vida en un banco, generalmente se firma una solicitud, no un seguro directamente. Esta situación es más grave aun cuando la contratación es vía telefónica (como suele ofrecerse este servicio) o electrónica, sin la mediación de un personal especializado. Las solicitudes de pólizas emitidas por los bancos contienen una declaración de salud, de la que la mayoría de los contratantes no son conscientes y son rellenadas por empleados de marketing, o de turno. Esta práctica goza de dudosa legalidad en el mundo de los seguros.
Un estudio reciente del Consejo General de los Colegios de Mediadores informa que un alto porcentaje de asegurados a través de la banca afirma que la contratación de un seguro (sobre todo los de vida y de hogar) fue una “condición necesaria” para la concesión de la operación financiera que se quería realizar sin información que se podía contratar este seguro en otra entidad diferente a la propuesta por el banco. Pero que los seguros que ofrecen los bancos por la gestión de las hipotecas son más caros y es cuestión de hacer números por lo que se puedan ahorrar en los intereses. Es decir contratando un seguro, por ejemplo de vida, en otra aseguradora que la que ofrezca el banco es muy probable que salga más barata la cantidad a pagar que la que ofrece el banco con su seguro.
No es la primera vez que denunciamos la práctica bancaria en el mundo de los seguros, denuncia avalada por el organismo anteriormente indicado, pero por ahora, solo nos queda recomendar, dada la prohibición legal de vincular seguros a la hipoteca, que antes de formalizar un seguro con el banco pedir asesoramiento y presupuesto a su mediador y fácilmente saldrá satisfecho del importe incluso con detrimento del descuento que le puedan ofrecer en la prima de la hipoteca.
Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA