En ocasiones podemos vernos involucrados en situaciones conflictivas en las que necesitemos la ayuda de un abogado.
Ante esto, las compañías de seguros crean una póliza específica de defensa jurídica que cubra el patrimonio de la persona que lo contrata, asumiendo aquellos gastos generados por su intervención en procedimientos administrativos, judiciales o arbitrales, y prestando los servicios de asistencia jurídica que se deriven de la cobertura del seguro.
Este seguro es un contrato independiente, aunque puede incluirse como un capítulo de una póliza denominada multirriesgo, en el que deberá constar el contenido de las coberturas, la prima y las exclusiones.
Destacamos que en este tipo de seguro, no podrán ser objeto de cobertura ni el pago de las multas ni la indemnización de los gastos originadas por sanciones impuestas por las autoridades administrativas o judiciales.
La cobertura de este seguro posibilita al asegurado elegir libremente al abogado y procurador que le represente, a través de los letrados que la aseguradora le proporcione o por otros que el elija.
Esta libertad también se genera cuando nos encontramos ante casos con conflicto de intereses, por ejemplo, cuando en un procedimiento la compañía asegura a ambas partes, al reclamante y al reclamado. En todo caso, el seguro de defensa jurídica permite al asegurado recurrir al sistema de arbitraje las posibles diferencias que pudiera tener con la compañía.
Por último destacamos que hay 3 tipos de seguros o actividades a los que no se aplica este seguro de defensa jurídica:
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La defensa jurídica realizada por el asegurador de la Responsabilidad Civil.
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La defensa jurídica realizada por el asegurador de la Asistencia en Viaje.
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La defensa jurídica relacionada con el uso de buques o embarcaciones marítimas.
La importancia de su contratación y, sobre todo, de su aplicación en caso de tener que ser utilizada es importante, por lo que se deberá estar convenientemente asesorado.
Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA