Antes de contratar un seguro de hogar debemos fijarnos en el uso que le vamos a dar a la vivienda, pues en virtud de esa circunstancia las coberturas son distintas.
No hay que olvidar que la contratación de este tipo de seguros no es obligatoria, por lo que las pautas de contratación vendrán dadas por las coberturas que queramos contratar y las que las aseguradoras ofrezcan.
Conjugar ambos intereses, que es una de las labores del mediador del seguro, requiere saber diferenciar las posibles situaciones en las que se encuentra la vivienda en relación a su uso, pues no es lo mismo asegurar una segunda vivienda que una habitual. El correcto aseguramiento aconsejaría no asegurar, por ejemplo, joyas en la segunda vivienda o el deterioro de alimentos.
Básicamente las aseguradoras suelen distinguir distintos usos para las viviendas, como pueden ser las de uso principal, de alquiler, secundaria o de vacaciones. Todas ellas en virtud de su uso conllevan unas determinas coberturas, siendo muy recomendable estar asesorado sobre este punto, pues nos podríamos encontrar ante situaciones de rehuse o infraseguro. Pero no solo en el momento de la contratación debemos informar a la aseguradora, sino cualquier cambio que se produzca en el uso de la vivienda.
También en este tipo de seguros, como vemos, es recomendable, por tanto, buscar un asesoramiento que evita la contratación de coberturas innecesarias o de nula aplicación, a la vez que evitaremos que si ocurre el siniestro, tengamos serios problemas para su reparación.