La frase “es mejor prevenir que curar” adquiere mucha importancia cuando nos referimos al cuidado de nuestra salud ya que la aparición de una enfermedad suele ser inesperada y tenemos que hacer frente a ella en las mejores condiciones.
Aunque en España el servicio público de salud es bueno, la demora en las prestaciones y en las consultas debe hacernos reflexionar sobre las ventajas que conllevaría un seguro privado, que ante imprevistos y por una pequeña cantidad de dinero nos proporcionan una atención rápida y personalizada. Estos seguros te ofrecen el acceso a la atención primaria, que incluye medicina general, pediatría, puericultura, enfermería, y urgencias domiciliarias y ambulatorias en centros médicos, y la asistencia del especialista en consulta o en régimen hospitalario, así como en procedimientos diagnósticos, terapéuticos y en intervenciones quirúrgicas.
La importancia de la prevención es que cuando se tiene una enfermedad es posible que la aseguradora no quiera asumir el riesgo o incremente la prima de la póliza ya que para la contratación de la póliza hay que cumplimentar un cuestionario médico, donde se formulan una serie de preguntas relativas al estado de salud en el momento de la contratación.
Es muy importante cumplimentar este cuestionario sin omitir información y de manera veraz, pues si no es así la compañía puede rescindir el contrato y no atender la prestación sanitaria derivada de una enfermedad no declarada. En caso de enfermedad o patología anterior a la contratación, es decir la preexistencia declarada en el cuestionario puede conllevar, o bien la negativa de la aseguradora a la contratación, o bien el establecimiento en la póliza de algunas restricciones relativas a su tratamiento.
Es de especial importancia fijarse bien en los supuestos excluidos, es decir, los riesgos que no están cubiertos por el seguro de salud que pueden ocasionar problemas futuros en caso de sufrir un accidente o enfermedad, así como fijarse en las especialidades no cubiertas, si existen copagos, carencia…
La vigencia de este tipo de seguros viene fijada en la póliza, aunque la duración de los seguros de salud es de 1 año, habitualmente la mayoría de las aseguradoras de este tipo de pólizas suelen ir con el año natural, es decir, del 1 de enero al 31 de diciembre, aunque hay que estar a los dispuesto en la póliza. Recordamos que para dar de baja el seguro se debe comunicar a la compañía, mínimo, con 1 mes de antelación a la fecha efectiva de la cancelación.
Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA