Los propietarios de los vehículos dados de alta en el registro de automóviles de tráfico, además de tener suscrito el seguro obligatorio tienen la obligación de pasar la ITV.
Está inspección es la revisión que deben pasar los vehículos que tienen una determinada antigüedad. Circular sin haber pasado esa revisión es un riesgo para la circulación, pues se considera un vehículo potencialmente peligroso para la circulación. Circular sin haber pasado la ITV o con esta caducada no solo están expuestos a una sanción económica de 200 a 500 euros, sino que tienen un riesgo más elevado de sufrir un accidente de tráfico. Si se detecta que el coche lleva mucho tiempo sin pasar la inspección, o no se han reparado los daños detectados en ella, pueden dar de baja el vehículo.
Así pues, la contratación de un seguro de automóvil, no solo lleva la obligación de suscribir un seguro, sino que cuando se requiera legalmente, pasar la inspección técnica. La ITV es un sistema que permite a los ciudadanos encontrar en las vías circulando vehículos cuyos elementos básicos garantizan unos determinados mínimos en materia de seguridad. Al mismo tiempo permiten mantener dentro de unos parámetros razonables las emisiones contaminantes de todo vehículo a motor. Por tanto, la ITV hay que considerarla como lo que es: un sistema para proteger a los demás usuarios de la vía y al medioambiente. Por eso, como indicábamos anteriormente, todo vehículo dado de alta en tráfico, circule o no, debe pasar la correspondiente inspección técnica.
Otro problema que puede surgir es el de haber tenido un accidente sin haber pasado la inspección técnica, pues la aseguradora puede negarse a pagar los daños propios. Si se trata de un seguro a terceros la aseguradora debe abonar al perjudicado los daños, pero si demuestra que el accidente se podría haber evitado pasando la ITV reclamará todos los gastos. Aunque es la aseguradora quien tiene que demostrar que el accidente se podría haber evitado, es un riesgo que, claramente, no conviene correr, pues el coste que pudiera conllevar no compensa el peligro generado.
Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA