En estos últimos años hemos visto como las cifras de los fallecidos han aumentado debido a la pandemia.
Con estos datos, en las familias ha aumentado la idea de tener un seguro de vida y de querer estar bien protegidas ante cualquier adversidad.
Las compañías aseguradoras están adaptando sus productos a las nuevas necesidades y simplificando la contratación.
El seguro de vida es un seguro que garantiza un dinero en el momento en que fallece el asegurado, y cubre la muerte. Sirve para que los beneficiarios puedan afrontar unos recursos económicos extras con la pérdida del poder adquisitivo del fallecido.
Existen tres tipos de seguros de vida:
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Seguro de fallecimiento propiamente dicho, que garantizan el pago de un capital o renta a los beneficiarios del asegurado cuando fallece.
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Seguro de supervivencia, también se denominan seguros de ahorro, porque se contrata por un plazo y un precio teniendo en cuenta que si sobrevive a la fecha estipulada se le paga una renta o capital que tenía garantizado.
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Seguros de vida mixtos son una combinación de los dos anteriores, y garantizan el pago del capital o la renta tanto si el asegurado sobrevive a la fecha de finalización del contrato, como si fallece antes.
Principales beneficios de contratar un seguro de vida
La tranquilidad del asegurado que lo contrata porque el beneficiario recibirá una indemnización económica de la compañía aseguradora.
El capital percibido por los beneficiarios estará sometido al impuesto de sucesiones y donaciones, pero en la mayoría de las comunidades autónomas se aplican reducciones fiscales que pueden llegar hasta el 100%. Además, este capital que reciben los beneficiarios o herederos no está sujeto a embargos y se recibe de manera íntegra.
Si el seguro de vida que se ha contratado garantiza el pago de la hipoteca, los beneficiarios no tendrán que seguir pagando el préstamo hipotecario de la persona que ha fallecido.
Este seguro puede modificarse en el tiempo, de manera que se puede adaptar a las situaciones personales en cuanto a coberturas, capital asegurado y beneficiarios designados en la póliza de seguros.
El seguro de vida además de proteger a la familia, puede amparar al tomador del seguro cuando en la póliza se contrata la cobertura de invalidez, pudiendo cobrar una renta.
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Ana María Amador Rua. Abogada Seguros CEA