El seguro de vida es aquel que cubre los riesgos que afectan a la existencia, integridad corporal o salud del asegurado a cambio del cobro de una prima única o periódica. Según las previsiones y necesidades de cada unidad familiar, es posible acceder a diferentes tipos de pólizas.
En los casos de ahorro las prestaciones se satisfacen durante la vida del asegurado, percibiendo un capital o una renta. Hay que señalar que a la hora de contratar este tipo de seguros es importante resaltar, en relación a la profesión de quien suscribe la póliza, que no todas las actividades profesionales presentan los mismos riesgos, por lo que, normalmente, a mayor riesgo el coste del seguro es mayor. Todos los seguros, con los requisitos exigidos en la póliza, cubren el fallecimiento del asegurado por cualquier causa y en caso de muerte los beneficiarios cobrarán el capital garantizado.
Si la profesión es de cierto riesgo es recomendable cubrir la invalidez absoluta y permanente, o bien esta misma modalidad originada por accidente. También es recomendable la contratación de la cobertura de fallecimiento por accidente, ya que normalmente dobla la indemnización de la cobertura de fallecimiento por otras causas.
No obstante, ahora existe la posibilidad de contratar un seguro para esas profesiones de riesgo elevado e, incluso, para aquellas personas sin profesión remunerada como, por ejemplo, las amas de casa.
Por último, informar de la importancia que tiene, sobre todo en los seguros de vida, la designación de beneficiario, que es la persona designada en la póliza por el asegurado o contratante como titular de los derechos indemnizatorios que en dicho documento se establecen. La recomendación es que la designación se haga de forma expresa.