Los seguros de impago de alquileres es una opción, cada vez más demandada, por los propietarios de viviendas que buscan estar más protegidos frente a los inquilinos morosos.
Para tener garantizado el cobro del alquiler de la vivienda, el seguro de impago de alquileres protege a los arrendadores ante un impago del inquilino de las mensualidades pactadas, de manera que la aseguradora se haría cargo de la morosidad del inquilino. Además, en el seguro contratado también suelen garantizarse otras coberturas para el asegurado relacionado con la vivienda que se alquila y proteger al arrendador de diferentes situaciones.
Las coberturas del seguro de impago de alquileres
Los seguros de impagos tienen varias coberturas entre las que podemos destacar:
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El impago de la renta mensual por parte del inquilino, la aseguradora abonará al arrendador la renta pactada con el inquilino durante los meses que se establezcan en la póliza de seguro, teniendo garantizado el impago hasta el límite pactado.
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Los daños ocasionados a la vivienda por el inquilino de manera intencionada o de manera ocasional en algunos casos.
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Reclamación judicial, el arrendador tiene cubierta la defensa y reclamación judicial frente al inquilino para el recobro de las cantidades adeudadas y la presentación de demanda de desahucio y desalojo, cuando el inquilino permanezca en la vivienda sin pagar y sin ánimo de marcharse.
Además, el arrendador tendrá derecho a cualquier reclamación de daños en la vivienda que haya ocasionado el inquilino de manera intencionada o no.
Requisitos para contratar un seguro de impago de alquiler
Para poder contratar un seguro de impago de alquileres la aseguradora va a analizar la situación económica del inquilino y su viabilidad. De manera que el propietario de la vivienda que va a hacer un contrato de arrendamiento, necesita una información imprescindible y una serie de requisitos para que se pueda contratar este seguro.
Lo primero será analizar la solvencia o posibilidad de pago del inquilino, para ello pedirá las tres últimas nóminas del inquilino y el contrato de trabajo si es un trabajador por cuenta ajena.
Si es un autónomo que trabaja por cuenta propia, tendrá que justificar los ingresos con la aportación de la última declaración de IRPF, y las tres últimas declaraciones de IVA.
La aseguradora analiza si el importe de la mensualidad por el alquiler, que nunca puede superar el 40% de los ingresos que acredite el arrendatario, suponiendo este estudio económico de viabilidad de pago de la renta por el inquilino, una tranquilidad para el arrendador, porque si la aseguradora no asume el riesgo, el arrendador tampoco debería alquilar su vivienda a esa persona que no garantiza poder pagar las mensualidades.
Seguro de protección frente a los okupas
La ocupación ilegal cada vez es más habitual, y por ello las aseguradoras ofrecen un seguro con cobertura de protección jurídica al propietario de una vivienda, cuando se encuentre ante un okupa en su vivienda, con esta cobertura en el seguro tendrá derecho a un abogado y procurador que se encargará de ejercitar las acciones legales oportunas, sin gasto para el asegurado y conseguir que el okupa abandone la vivienda, con el asesoramiento y apoyo legal que necesite.
En SEGUROSCEA, podemos asesorarte sin coste alguno de las coberturas necesarias para estar tranquilo en tu vivienda alquilada y recomendarte el seguro que necesites al mejor precio que garantice el cobro del alquiler, y protegerte ante una ocupación ilegal.
Ana María Amador Rua. Abogada SEGUROSCEA