Los seguros de comunidades, al igual de los seguros de hogar, muestran una gran flexibilidad para adaptar cada póliza a las necesidades y particularidades que presente cada vivienda y cada comunidad, pero hay que tener en cuenta que un seguro de comunidades cubre los daños al edificio, es decir los elementos comunes de la misma, pero no los siniestros dentro de nuestra vivienda particular ni los daños que ocasionemos a terceros.
Para cubrir estos espacios donde un seguro de hogar o un seguro de comunidades no puede llegar, necesitamos la contratación de ambas pólizas.
¿Qué cubre un seguro de comunidad de propietarios?
Los seguros para comunidades son especialmente útiles para respaldar a los propietarios frente a los posibles siniestros que pueden tener dentro de las zonas comunes (tejas sueltas, rotura de tuberías principales, incendios…) o relativas a la gestión de la comunidad, como es la reclamación por impago de gastos comunitarios. Problemas por agua, incendios, pintadas en las fachadas, desperfectos en el tejado… son situaciones que no aparecen a diario en las comunidades de vecinos, pero que no estarían cubiertas por un seguro de hogar al afectar a elementos comunes.
A simple vista, puede parecer que ambos seguros muestran duplicidades y coberturas comunes, pero lo cierto es que, además de las coberturas específicas que presenta cada póliza, podemos encontrar otras adaptadas a su ámbito de actuación.
El seguro de comunidad cubre los riesgos que se pueden producir en el edificio, ocasionados en elementos estructurales y constructivos del edificio, revestimientos, instalaciones fijas del edificio, jardines, construcciones recreativas y dependencias anexas como el garaje o trasteros, así como la responsabilidad civil de la comunidad por daños ocasionados a terceras personas.
Pero el seguro comunitario no incluye el contenido de la vivienda ni muchos de los riesgos específicos de la misma, por lo que tener contratado un seguro de comunidad no evita contratar el seguro particular. Por lo que para tener una cobertura completa es necesario contratar ambos seguros. De no ser así, y no disponer de un seguro de comunidad, existen situaciones de riesgo que no tendrían cobertura por el seguro del hogar, y viceversa.
Aunque hay seguros de comunidad que ofrecen la cobertura a bienes privativos siempre es recomendable la contratación por separado de ambos seguros donde quede clara la delimitación de los elementos comunes y privativos con especificación del continente y contenido de cada uno de ellos para evitar situaciones de conflicto que lo único que generan en mala convivencia entre vecinos.
¿Quién paga el seguro de la comunidad?
El seguro de la comunidad tiene que ser pagado por todos los vecinos de la comunidad sin excepción. Según la Ley de la Propiedad Horizontal es un gasto necesario de la comunidad.
¿Debo tener un seguro de hogar contratado?
En relación al continente, antes de contratar una póliza de hogar para nuestra vivienda, es conviene consultar el seguro de la comunidad y evitar así duplicidades, con lo que podemos ahorrarnos una parte del precio de nuestro seguro, y en lo relativo al contenido, será necesario asegurar el contenido privado en la póliza del seguro del hogar (mobiliario, enseres, joyas y objetos de valor), dado que el contenido asegurado en la póliza del edificio es un contenido comunitario, situado en las zonas comunes, destinado al servicio o seguridad del inmueble, por tanto no incluye el contenido privado de las viviendas.
Para evitar duplicidades en las coberturas siempre es recomendable contar con el asesoramiento de un mediador para conocer los límites de las coberturas de cada póliza con el consiguiente ahorro y conflictos en caso de siniestro.
Ana María Amador Rua. Abogada SEGUROSCEA