Al gestionar una empresa, una de las prioridades es salvaguardarnos ante cualquier contingencia externa o interna que pueda suceder y repercutir en el normal desarrollo de la misma.
Nos estamos refiriendo al hecho de tener que asegurar nuestra actividad bien mediante seguros que nos imponen obligatoriamente, o bien mediante seguros que voluntariamente contratamos para optimizar nuestra protección.
La obligación de contratar un seguro viene impuesta por las circunstancias o actividades de las empresas como puede ser, en el caso de tener trabajadores, el seguro de accidentes que se exige a través del correspondiente convenio colectivo.
Aunque, en alguna actividad es obligatorio la contratación de un seguro de responsabilidad civil, no lo es en todas, pero se debería de contratar pues cubrirían varias situaciones que no son excepcionales y podrían generar problemas en caso de no tenerlo suscrito. La contratación, por ejemplo, de un seguro de responsabilidad civil patronal para cubrir a los trabajadores, o una responsabilidad civil de explotación para hacer frente a cualquier incidencia en el desarrollo de la actividad empresarial, son cuestiones a tener en cuenta.
Otro de los seguros que consideramos importante es el seguro multirriesgo para cubrir la oficina o local donde realizamos nuestra actividad empresarial. Cubrir los daños que podamos sufrir en el local, o que podamos producir a los vecinos, suelen salir más rentables que afrontar el gasto en caso de que éstos se produzcan. Lo que es importante en este tipo de seguros es que la contratación del mismo se realice de acuerdo con nuestra condición de propietario o inquilino, ya que variarán los valores de continente y de contenido.
La conveniencia de la contratación de los seguros para la empresa depende de la valoración del riesgo y de las contingencias que pueda tener la actividad de la compañía, por lo que es recomendable estar bien asesorados con la finalidad de contratar el seguro más conveniente.
Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA