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PPA - Planes de previsión asegurados

Cuantas veces hemos pensado en la hora de la jubilación, ¿tendré ahorros suficientes para un buen nivel de vida? ¿Me podré comprar una casita en la playa? ¿podré hacer el viaje de mis sueños?

Los Planes de Previsión Asegurados, más conocidos como PPA, son productos financieros cuyo objetivo es complementar la pensión en el momento de la jubilación.

Una de las principales características de los PPA es su fiscalidad. Donde las aportaciones que hayas realizado se podrán deducir de la base imponible del IRPF.

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Capital garantizado
Capital garantizado

El capital aportado tiene una rentabilidad garantizada. Tiene un tipo de interés mínimo garantizado además de las revalorizaciones adicionales.

Rescate del plan
Rescate del plan

Se podrán rescatar de tres formas:

  • En forma de capital: de un solo pago.
  • En forma de renta: de forma periódica y pequeñas cantidades.
  • En forma mixta: un pago de capital y el resto en pequeñas cantidades periódicas.

Ventajas fiscales
Ventajas fiscales

Las aportaciones realizadas tendrán una deducción de la base imponible del IRPF, de forma que tributarán como rendimientos de trabajo.

Características de PLANES DE PREVISION ASEGURADOS (PPA)

La mayor ventaja es que puedes desgravar hasta un máximo 8.000 € al año.

Hay que tener en cuenta en la forma en que se rescata el plan, dado que en función del cobro de la prestación éste tributara en el IRPF como rendimiento de trabajo. 

  1. Forma de capital: todo el capital rescatado tributara en el IRPF.

  2. Forma de renta: las pequeñas cantidades rescatadas tributaran por el IRPF.

  3. Forma mixta: una parte tributara en forma de capital y otra en forma de renta en el IRPF.

También es importante saber las condiciones del rescate cuando es en forma de renta. Estas pueden ser:

  1. Renta temporal: se cobra hasta que se agote el capital ahorrado y si al fallecer el beneficiario queda capital, lo cobran los herederos.

  2. Renta vitalicia: se paga durante toda la vida del asegurado hasta su fallecimiento. El capital es de menor cuantía que en la renta temporal y al fallecer los herederos no cobran nada.

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