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Última oportunidad para la desgravación con el plan de pensiones

¿Qué hacer antes de que termine el año si en el IRPF queremos tener alguna desgravación inmediata? Estamos ante la última oportunidad para desgravarnos fiscalmente si guardamos nuestros ahorros en un plan de pensiones.

Última oportunidad para la desgravación con el plan de pensiones 

Un plan de pensiones es un producto financiero de ahorro a largo plazo y de previsión.  Sobre la fiscalidad de los planes de pensiones, debes saber que cuenta con dos tipos de fiscalidades diferentes que influyen en tu economía.

Tipos de tributación

  • la tributación que corresponde a las aportaciones realizadas, lo cual conlleva una serie de beneficios fiscales en tu declaración de la renta actual.

  • la tributación que debes abonar en el momento del rescate, ya que el dinero que recuperes tributará del mismo modo que las rentas del trabajo (como lo hacen las nóminas, la mayor parte de las pensiones y las actividades económicas).

La principal idea al contratar un Plan de Pensiones, es disponer de un capital o una renta tras jubilarte, aunque la ley permite el rescate anticipado en determinadas circunstancias. Hay una serie de puntos que resulta interesante conocer sobre la fiscalidad planes de pensiones.

Cuánto se desgrava según los ingresos que tienes y lo que aportas

Lo primero hay que saber es en qué tramo de IRPF tendrá que pagar cada persona en el momento del rescate. Según tus ingresos se aplica un porcentaje que pueden ir desde el 19%, para las personas que tienen menores ingresos, al 45% para las personas que tienen mayores ingresos.

La desgravación a la hora de aportar dinero al Plan de Pensiones ira en función de la aportación que hagas en el mismo año, teniendo en cuenta que el máximo a desgravar actualmente es de 8.000 €, en el IRPF del año siguiente.

El asesoramiento es indispensable para conocer qué tipo de fiscalidad se aplicará, porque hay que atenerse tanto en el momento de hacer la imposición como en el momento de recuperar el capital y los intereses, siendo muy distinto el tratamiento de un producto o del otro, y sobre todo de la manera en la que se recibe el capital ahorrado y la persona que va a recibir ese dinero que hemos ido ahorrando.

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Hay que diferenciarlos del seguro de ahorro, porque una de las ventajas que presentan los seguros de vida ahorro es que únicamente se tributará por el rendimiento del capital mobiliario, es decir, por los intereses que el dinero del cliente ha generado dentro del seguro, En este sentido, las maneras de acceder a las prestaciones del seguro podrían ser:

Formas de rescatar el seguro de ahorro

Prestación en forma de capital

Si el titular del seguro decide recibir sus aportaciones en forma de capital accederá a todo el dinero aportado, más sus intereses, de una sola vez. La tributación, siempre sobre los rendimientos generados, dependiendo de los rendimientos.

Prestación en forma de renta vitalicia

Si el titular del seguro decide recibir las aportaciones en forma de renta vitalicia, solo se tributará por un porcentaje de los rendimientos, que dependerá de la edad del titular, La exención fiscal en esta forma de rescate puede llegar hasta el 92 %.

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Prestación en forma de renta temporal

La fiscalidad de las prestaciones que se reciben en forma de renta temporal difiere de las que se reciben en forma de renta vitalicia. En este caso se consideran como rendimientos de capital mobiliario.

Prestaciones cobradas por el beneficiario

En caso de fallecimiento del asegurado, tributarán en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Desde SEGUROSCEA, le asesoramos para contratar el seguro que necesite y contamos con expertos para aclarar sus dudas.

Ana María Amador Rua. Abogada Seguros CEA

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