Una de las muchas motivaciones de compra de bicicletas eléctricas es el coste cero en mantenimiento y su potencial como vehículo alternativo, la puerta de entrada al ciclismo y a una vida más saludable, que de otra manera, tal vez no se hubiera logrado nunca.
El tener una bicicleta requiere no solo el mantenimiento de está sino la búsqueda de su protección, así como el estar amparado ante cualquier incidente. Los seguros para estas bicicletas no se diferencias de las normales por lo que su contratación sigue teniendo carácter optativo dado que no existen diferencias en sus funciones y en sus particularidades, por lo que protegen tanto al ciclista como a su bici. Pero ¿cuáles son las coberturas básicas que debemos contratar para ir seguros en bicicleta? Los seguros para bicicletas pueden variar mucho entre unas compañías y otras por lo que es recomendable la contratación de algunas coberturas que a título de ejemplo indicamos, como por ejemplo la cobertura de responsabilidad civil para atender los daños que se puedan causar a terceros; la cobertura por robo de la bicicleta, con o sin franquicia; y, los gastos médicos para caso de accidente.
Los seguros para bicicletas principalmente están destinados a aquellas personas que utilizan las bicicletas de forma habitual. Los seguros también son muy convenientes para aquellas personas que tengan bicicletas de gran valor. La bicicleta es un medio de transporte muy común hoy en día, siendo frecuente su utilización durante todo el año, aunque su mayor frecuencia es en la época estival, observándose que, cada vez con más frecuencia, no es solo utilizada como ocio, sino como medio de transporte al trabajo, adquiriendo así mayor importancia el hecho de protegernos.
Hoy en día el uso de la bicicleta se ha expandido enormemente, existiendo bicicletas de todo tipo y para todas las necesidades, y si bien es cierto que su uso tiene numerosas ventajas, como pueden ser el respeto al medioambiente, salud, ocio..., pero montar en bicicleta conlleva algunos riesgos que hay que tener en cuenta, como pueden ser las caídas, atropellos, averías y robos, entre otras circunstancias. Estos son algunos ejemplos de la utilidad práctica de tener un seguro que nos pueda proteger, pues en caso de ser atropellados, circunstancia que desgraciadamente no es infrecuente, la reclamación puede derivar en juicio que aclare las circunstancias que han concurrido. En este caso un seguro con cobertura de defensa jurídica nos protegería. Pero ¿y si somos nosotros los que atropellamos a un peatón? La contratación de un seguro de responsabilidad civil nos ampararía frente a la posible indemnización que tuviéramos que abonar al perjudicado. En relación con el ciclista, debería tener en cuenta que cualquier accidente pudiera causarle daños por lo que la contratación de la cobertura de daños personales, con los límites que figuren en póliza, es una opción a tener en cuenta.
Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA