La consecución del carné de conducir tiene ya la consideración de un documento indispensable por la utilidad que conlleva, y su adquisición hace recomendable una buena preparación tanto a nivel teórico como práctico.
Por eso es tan importante la función de las autoescuelas que son las que nos transmiten esos conocimientos para la posterior conducción del vehículo o vehículos que vayamos a utilizar a lo largo de nuestra vida. Pero la función de las autoescuelas no solo tiene esa importancia en el momento de la consecución de la licencia, sino que, hoy en día, y con la vigencia del carné por puntos ayudan a reciclar a aquellos conductores que se vean privados del carné parcial o totalmente.
Pero en el funcionamiento de la autoescuela, para cumplir los objetivos marcados de la enseñanza no hay que olvidar que la práctica de inicio de la conducción conlleva un riesgo cuando se examinan en las vías urbanas o en los circuitos de prácticas para las motos. Por desgracia, el accidente puede producirse, por lo que deberán tener los seguros adecuados para su actividad ya que todos los centros de formación de conductores han de contar con seguros con cobertura para personas que trabajen en la autoescuela, profesores, alumnos e instalaciones. Como vemos, la actividad de la autoescuela no es fácil, teniendo que enfrentarse diariamente a la posibilidad de unos daños materiales y corporales que podrían, si no es convenientemente asesorado, perjudicar seriamente su negocio. La base para evitar cualquier problema la encontramos en la póliza que se contrate, buscando siempre la mejor cobertura para evitar que la autoescuela pueda tener problemas graves en caso de accidente.
Aparte de los seguros que necesita una autoescuela, todos los centros de autoescuelas deberán contratar pólizas de seguro que garanticen la cobertura de accidentes durante las veinticuatro horas del día a los trabajadores/as, en cuantía que determine el convenio para caso de muerte o invalidez permanente. Además, deberán contratar un seguro que cubra la contingencia de retirada de carné de conducir por pérdida total de puntos cuando esta se produzca en horario laboral y, siempre que dicha pérdida de puntos no sea debida al consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicotrópicos.
Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA