Antes de salir al extranjero es conveniente informarse para estar protegido en caso de enfermedad grave o accidente. Normalmente, los seguros de salud públicos que tenemos en España no tienen validez en el extranjero, y si disponemos de un seguro privado hay que conocer cuáles son los servicios que tenemos contratados y la vía de contacto para estar amparados en caso de necesitarlo.
Al tener contratado un seguro privado de salud, ante cualquier situación que requiera una actuación sanitaria de carácter urgente, se podrá recibir, en España, atención sanitaria o ambulatoria en cualquier lugar, bien trasladándose al centro médico correspondiente, o bien mediante un servicio telefónico de urgencias del que disponen todas las aseguradoras de salud. Este servicio ofrece un permanente apoyo facultativo, coordinando la asistencia sanitaria necesaria para atender la urgencia sobrevenida.
Para la asistencia en el extranjero, las aseguradoras suelen limitar la cobertura a una estancia no superior a 90 días (tres meses), ofreciendo como vía de contacto un teléfono donde se deberán comunicar los datos personales y los hechos acaecidos en un plazo de siete días.
Una vez determinada la vía de contacto, es importante saber qué tipo de servicios ofrece la aseguradora en estos casos. Habrá que visualizar lo que está dispuesto en la póliza contratada. Las aseguradoras suelen ofrecer, además de los gastos de asistencia médica por enfermedad o accidente, los siguientes servicios que, entre otros, destacamos:
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Transporte o repatriación sanitaria de heridos o enfermos en caso de enfermedad o accidente de los asegurados desplazados, junto con el de asegurados acompañantes.
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Acompañamiento de menores.
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Transporte o repatriación del asegurado fallecido y acompañante.
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Interrupción del viaje por fallecimiento de un familiar.
Los servicios pueden variar y cada aseguradora ofrece distintas posibilidades, por lo que siempre es aconsejable estar bien asesorado, antes de iniciar un viaje al extranjero para evitar gastos innecesarios en caso de enfermedad o accidente.
Federico Martínez de la Puente. Abogado Seguros CEA