Todos sabemos que el contrato de seguro es un acuerdo por el que la aseguradora a cambio de un precio, se obliga a resarcir un daño o a pagar con una suma de dinero al tomador tras producirse un siniestro previsto en el contrato, con la única salvedad de la prohibición expresa de la Ley.
Muchas veces nos planteamos la necesidad de su contratación que logicamente no tiene sentido en los denominados seguros obligatorios (RC caza, seguro obligatorio del automóvil, perros peligrosos…), pero, ¿y los seguros voluntarios?
El riesgo de que pueda ocurrir cualquier imprevisto nos acompaña durante toda la vida y el quebranto que pueda suponer, por ejemplo, un accidente en un hogar sin seguro o, incluso, un fallecimiento de una persona de cuyos ingresos dependan otros miembros de su unidad familiar, puede acarrear situaciones de difícil solución.
Para proteger las mencionadas situaciones u otras muchas que se pudieran producir por falta de previsión, nos encontramos con el seguro privado que nos permite cubrirnos y asegurar de manera efectiva y no necesariamente gravosa, tanto a nuestra persona y familia como a nuestro patrimonio.
Los ejemplos de aseguramiento son múltiples, pues la cobertura a las personas, como por ejemplo, los seguros de salud o de vida y/o accidentes, la cobertura al patrimonio con el seguro del hogar o de ahorro son muestras relevantes de lo que el seguro privado puede ofrecer.
Una dificultad añadida, y muchas veces invocada por la mayoría de las personas, es el entendimiento de estas pólizas y su conexión con sus verdaderas necesidades. La figura del mediador cobra aquí una importancia vital, pues es el vehículo adecuado para canalizar las inquietudes y dudas del asegurado al contratar una póliza asistiéndole en todo momento, incluso cuando se produce un siniestro.